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Título: COLEGIO D E ABOGADOS DE LA PROVINCIA — AUTORIZASE INCREMENTAR MONTOS DERECHO DE INSCRIPCION Y CUOTA SOCIAL ANUAL
Estado: Reducida
Fecha de sanción: 23 Mayo 1979
Fecha de publicacion: 26 Junio 1979
Cuerpo de Decreto Ley: |
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Nota de Redacción: Norma con Objeto Cumplido. Se agrega Norma en formato pdf
Resúmen: Autorízase al Colegio de Abogados de la Provincia a incrementar los montos correspondientes a derecho de inscripción en la matrícula y cuota social anual, los que quedarán establecidos en las siguientes sumas: PESOS CIEN MIL ($100.000,-) para el primero y PESOS CINCUENTA MIL ($ 50.000) para el Segundo. Queda facultado el Colegio de Abogados, para reajustar los importes establecidos en el artículo 1° cuando los mismos aparezcan notoriamente desactualizados. Dicho reajuste sólo podrá efectuarse en períodos no inferiores a un (1) año y se efectuará de acuerdo al índice de precios mayoristas nacionales no agropecuarios.
Firmantes: BARCENA-Acuña
Gestión: Oscar María Barcena (Gestion 1978-1981)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):