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Detalle de Ley 5257
  

 

Título: DECLÁRASE PATRIMONIO CULTURAL HISTÓRICO DE LA PROVINCIA EL MONUMENTO A FELIPE VARELA Y LAS RUINAS DE SU CASA NATAL

Estado: Vigente

Fecha de sanción: 23 Oct. 2008

Fecha de publicacion: 2 Dic. 2008

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Ley N° 5257 – Decreto N° 2258
DECLÁRASE PATRIMONIO CULTURAL HISTÓRICO DE LA PROVINCIA EL MONUMENTO A FELIPE VARELA Y 
LAS RUINAS DE SU CASA NATAL

EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:

ARTÍCULO 1°.- Declárase Patrimonio Cultural – Histórico de la provincia de Catamarca, el Monumento a Felipe Varela y las ruinas de la que fuese su casa natal y su entorno natural, ubicados en el Distrito Huaycama, Departamento Valle Viejo.

ARTÍCULO 2°.- El Poder Ejecutivo Provincial, conforme lo establece la Ley N° 4831 «Preservación del Patrimonio Cultural e Histórico de la Provincia de Catamarca», deberá incorporar al catálogo de bienes históricos culturales, el bien declarado en el Artículo 1° de la presente Ley, así como proteger, preservar y restaurar al mismo. 

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, Publíquese y ARCHIVESE.


 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA PROVINCIAL DE CATAMARCA, A LOS VEINTITRES DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL OCHO.

Registrada con el N° 5257

 

Firmantes: CORPACCI-BRIZUELA-Calliero-Peralta

Gestión: Eduardo Brizuela del Moral (Gestion 2007-2011)

Observaciones:

   
Complementos

 

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