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Detalle de Ley 5653
  

 

Título: DEROGASE EL ARTÍCULO 118 DE LA LEY 4628 –LEY ELECTORAL PROVINCIAL- Y EL ARTICULO 17 DE LA LEY 4640 –LEY ORGÁNICA MUNICIPAL Y RÉGIMEN COMUNAL DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA-

Estado: Reducida

Fecha de sanción: 16 Julio 2020

Fecha de publicacion: 28 Julio 2020

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Ley N° 5653 - Decreto N° 1212
DEROGASE EL ARTÍCULO 118 DE LA LEY 4628 –LEY ELECTORAL PROVINCIAL- Y EL ARTICULO 17 DE LA LEY 4640 –LEY ORGÁNICA MUNICIPAL Y RÉGIMEN COMUNAL DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA-

EL SENADO Y LA CAMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:

ARTÍCULO 1º.- Deróganse los Artículos 118 de la Ley 4628 y 17 de la Ley 4640.

ARTÍCULO 2º.- Invítase a los municipios con Carta Orgánica, que contravengan las disposiciones constitucionales, a iniciar el procedimiento de declaración de la necesidad de reforma, a los fines de adecuar aquellas a las previsiones contenidas en la Constitución de la Provincia.

ARTÍCULO 3º.- De forma.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA PROVINCIAL DE CATAMARCA, A LOS DIECISÉIS DÍAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL VEINTE.

Registrada con el N° 5653

 

Firmantes: DUSSO-GUERRERO GARCIA-Dre-Peralta

Gestión: Lic. Raúl Alejandro Jalil

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