Digesto Legislativo Provincial

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Detalle de Ley 5027
  

 

Título: AUTORIZASE AL PODER EJECUTIVO A SUSCRIBIR CONVENIO DE PRESTAMOS CON EL B.I.R.F

Estado: Reducida

Fecha de sanción: 11 Enero 2001

Fecha de publicacion: 16 Feb. 2001

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Ley N° 5027 - Decreto N° 89
AUTORIZASE AL PODER EJECUTIVO A SUSCRIBIR
CONVENIO DE PRESTAMOS CON EL B.I.R.F

EL SENADO Y LA CAMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:

ARTICULO 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo Provincial a contraer un préstamo por hasta la suma de DOLARES ESTADOUNIDENSES SETENTA MILLONES (U$S 70.000.000), que se instrumentará mediante la suscripción del Convenio de Préstamo Número 4578 AR “Préstamo Reestructuración Reforma Provincial – Catamarca” a celebrarse entre el Gobierno Nacional y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento.

ARTICULO 2.- Para formalizar la contratación referida en el artículo 1, autorízase al Poder Ejecutivo Provincial a suscribir un Convenio de Préstamo Subsidiario con el Estado Nacional, cuyo destino será el apoyo a las políticas diseñadas para la reestructuración en los sectores de finanzas públicas, educación y salud.

ARTICULO 3.- El Poder Ejecutivo Provincial suscribirá el citado Convenio bajo los términos y condiciones establecidas en el modelo de Convenio de Préstamo a ser suscripto entre el Gobierno Nacional y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento.

ARTICULO 4.- El Poder Ejecutivo Provincial queda facultado para garantizar el pago de los importes correspondientes a capital, intereses, gastos y comisiones, con los fondos de Coparticipación Federal de Impuestos y/o el régimen que lo sustituya; autorizando de manera irrevocable al Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos de la Nación, para que proceda a debitar automáticamente de la cuenta de Coparticipación Federal de Impuestos y/o el régimen que lo reemplace, tales importes.

ARTICULO 5.- Comuníquese, Publíquese y ARCHÍVESE.

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA, A LOS ONCE DIAS DEL MES DE ENERO DEL AÑO DOS MIL UNO.

 

Firmantes: COLOMBO-HERRERA-Nieva-Villafañe

Gestión: Dr. Oscar Anibal Castillo (Gestion 1999-2003)

Observaciones:

   
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