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Título: CREASE JUZGADO DE PAZ LEGO DEL DISTRITO ESQUIU - DEPARTAMENTO LA PAZ
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 23 Ago. 2001
Fecha de publicacion: 9 Nov. 2001
Cuerpo de Ley: | Descargar PDF
EL SENADO Y LA CAMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:
ARTICULO 1°.- Creáse el Juzgado de Paz Lego del Distrito Esquiú, Dpto. La Paz, Provincia de Catamarca.
ARTICULO 2°.- El Juzgado tendrá competencia y juris-dictio, en los distritos y parajes de Esquiú, La Guardia; Casa de Piedra; El Quimilo; Palo Santo; Las Latas; San Lorenzo; San Salvador; San José; El Silo; La Zanja; La Orqueta; La Costa de la Sierra; Moreno; La Dorada; Río La Dorada; El Divisadero; El Bañado; Las Flores; El Jumeal; Las Peñas; El Garay; San Miguel; Palo Cruz; El Zuncho; San Nicolás; El Cerrito.
ARTICULO 3°.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ley deberán estar previstos en el Presupuesto General del Año 2001 y subsiguientes.
ARTICULO 4°.- Comuníquese, Publíquese y ARCHIVESE.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA, A LOS VEINTITRES DIAS DEL MES DE AGOSTO, DEL AÑO DOS MIL UNO.
Firmantes: AGÜERO-HERRERA-Nieva-Villafañe
Gestión: Dr. Oscar Anibal Castillo (Gestion 1999-2003)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):