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Título: CREASE EL REGISTRO D INTERPRETES DE LENGUA DE SEÑAS ARGENTINAS
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 18 Oct. 2001
Fecha de publicacion: 20 Nov. 2001
Cuerpo de Ley: | Descargar PDF
EL SENADO Y LA CAMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE:
L E Y:
ARTICULO 1°.- Créase el Registro de Intérpretes de Lengua de Señas Argentinas con competencia en todo el territorio de la provincia de Catamarca.
ARTICULO 2°.- El mismo funcionará en el Ministerio de Salud y Acción Social de la Provincia bajo la órbita de la Dirección de Asistencia Integral a las Personas con Discapacidad, dependiente de la Subsecretaría de Salud Pública.
ARTICULO 3°.- Serán funciones del mismo:
a) Confeccionar un listado de los intérpretes en Lengua de Señas Argentinas, el cual deberá actualizarse en forma semestral.
b) Remitir el listado a los organismos públicos y a las cámaras empresarias y de comercio para su conocimiento, a fin de que los mismos puedan ser convocados por ámbitos oficiales o privados, en forma periódica o cuando lo requieran.
ARTICULO 4°.- Comuníquese, Publíquese y ARCHIVESE.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA, A LOS DIECIOCHO DIAS DEL MES DE OCTUBRE, DEL AÑO DOS MIL UNO.
Firmantes: HERRERA-AGÜERO-Villafañe-Nieva
Gestión: Dr. Oscar Anibal Castillo (Gestion 1999-2003)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):