Digesto Legislativo Provincial

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Detalle de Ley 4339
  

 

Título: DECLARESE DE UTILIDAD PUBLICA Y SUJETOS A EXPROPIACION INMUEBLE UBICADO EN CHOYA-CAPITAL.

Estado: Reducida

Fecha de sanción: 9 Oct. 1985

Fecha de publicacion: 21 Enero 1986

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Ley 4339 - Decreto Nº 30
DECLARANSE DE UTILIDAD PUBLICA Y SUJETOS A EXPROPIACION INMUEBLES UBICADOS EN CHOYA - CAPITAL

EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:

ARTICULO 1.- Declárase de utilidad pública y sujetos a expropiación los inmuebles que se detallan de conformidad a lo dictaminado por Organismos Técnicos en planillas Anexas I (uno) y II (dos).

ARTICULO 2.- Los terrenos expropiados por el Artículo 1, serán destinados a la construcción de una plaza.

ARTÍCULO 3.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ley serán sufragados con los recursos que la Provincia incluya en el Presupuesto 1985.

ARTICULO 4.- Autorízase al Poder Ejecutivo a iniciar por intermedio de los organismos pertinentes todas las acciones judiciales y administrativas relacionadas a la materia del presente dispositivo legal.

ARTICULO 5.- Comuníquese, publíquese, dese al Registro Oficial y Archívese.

 

Firmantes: MORENCO-YAPURA-Marcolli-Varela de Toloza

Gestión: Ramón Saadi (Gestion 1983-1987)

Observaciones:

   
Complementos

 

  • Boletin Oficial 6/1986

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