Inicio / Ley
Título: MODIFICANSE LOS NOMBRES Y LA COMPETENCIA DE LAS ACTUALES FISCALÍAS SEGUNDA, TERCERA, CUARTA, QUINTA Y SEXTA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL, CON ASIENTO EN LAS CIUDADES DE ANDALGALÁ, BELÉN, SANTA MARÍA, TINOGASTA Y RECREO
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 17 Set. 2014
Fecha de publicacion: 30 Enero 2015
Cuerpo de Ley: | Descargar PDF
EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:
ARTÍCULO 1°.- Modificar el nombre y la competencia de las actuales Fiscalías de las Segunda, Tercera, Cuarta, Quinta y Sexta Circunscripción Judicial, con asiento en las ciudades de Andalgalá, Belén, Santa María, Tinogasta y Recreo respectivamente, las que se denominarán de ahora en adelante:
• Fiscalía en lo Civil, Comercial, Laboral, Familia y Menores.
• Fiscalía Penal.
ARTÍCULO 2°.- Los actuales titulares de las fiscalías, de las Circunscripciones Judiciales de la Segunda, Tercera, Cuarta, Quinta y Sexta, podrán optar por ejercer las titularidades de cualquiera de las dos Fiscalías de la Circunscripción a la que pertenecen. La Corte de Justicia determinará el plazo con que dicha opción deberá efectuarse.
ARTÍCULO 3°.- La Corte de Justicia efectuará la previsión presupuestaria correspondiente con el objetivo de asegurar las erogaciones que demande la implementación de la presente Ley.
ARTÍCULO 4°.- Derógase toda Norma que se oponga a los términos de esta Ley.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, Publíquese y ARCHÍVESE.
Firmantes: MERA-RIVERA-Agüero-Bellón
Gestión: Dra. Lucía B.Corpacci (Gestion 2012-2015)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):