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Título: I.P.P.S. - PERMUTA DE TERRENO
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 18 Marzo 1971
Fecha de publicacion: 2 Abril 1971
Cuerpo de Decreto Ley: | Descargar PDF
ARTICULO 1.- Autorízase al Instituto Provincial de Previsión Social, a permutar una fracción al terreno que mide: 4,10 mts. de frente, 3,70 mts. al contrafrente 6,05 mts. al Este y 6,10 mts. al Oeste, totalizando una superficie de 23,67 mts.2; cuyos linderos son: al Norte con Calle San Martín, al Sud y al Oeste con propiedad de Mauricio Lisuk S.C., y al Este con más propiedad del Instituto Provincial de Previsión Social, de la que es parte integrante de mayor extensión: ubicada en calle San Martín entre las calles Rivadavia y Salta de la Ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca; con la firma Mauricio Lisuk S.C. por una fracción de terreno con lo edificado que hubiere, la que mide al Oeste 36,65 mts., al Este 36,80 mts., al Norte 3,20 mts. y en el Sud 2,70 mts., con una superficie de 108,26 mts.2, lindando al Norte y Este, con propiedad del Instituto Provincial de Previsión Social, al Sud con terreno Fiscal o Conservatorio Provincial de Música y al Oeste, con más propiedad de la firma Mauricio Lisuk S.C.
ARTICULO 2.- Facúltase al Instituto Provincial de Previsión Social a suscribir con la firma Mauricio Lisuk S.C. la correspondiente escritura pública para concretar la permuta autorizada por el Articulo 1.
ARTICULO 3.- Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.-
FIRMANTES: BRIZUELA – SELEBAM.
TITULAR PEP: GENERAL (R) GUILLERMO RAMON BRIZUELA
Firmantes: BRIZUELA-Sélébam
Gestión: Guillermo Ramón Brizuela (Gestion 1966-1971)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):