Digesto Legislativo Provincial

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de la Provincia de Catamarca

  

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Detalle de Ley 3068
  

 

Título: ENERGÍA - SISTEMA ELÉCTRICO EN VILLA DE ANTOFAGASTA DE LA SIERRA

Estado: Reducida

Fecha de sanción: 21 Nov. 1975

Fecha de publicacion: 30 Marzo 1976

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Ley 3068 - Decerto 5248
ENERGIA - SISTEMA ELECTRICO EN VILLA DE ANTOFAGASTA DE LA SIERRA

EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:

ARTICULO 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo de la Provincia para que, por intermedio de la Dirección Provincial de Energía, proceda de inmediato al estudio, planificación y puesta en marcha de un sistema eléctrico, alimentado por grupo electrógeno, para proveer de energía eléctrica a la Villa de Antofagasta de la Sierra - Dpto. del mismo nombre.

ARTICULO 2.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley, se imputará al Plan de Obras y Servicios Públicos para el año 1975.

ARTICULO 3.- De forma.


DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA PROVINCIAL DE CATAMARCA, A LOS VEINTIUN DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO UN MIL NOVECIENTOS SETENTA  Y CINCO

 

Firmantes: SAADI-CORPACCI-Machado-Oviedo

Gestión: Hugo Alberto Mott (Gestion 1973-1976)

Observaciones:

   
Complementos

 

  • Boletin Oficial 26/1976

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