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Detalle de Ley 3069
  

 

Título: EXPROPIACIÓN TERRENO EN POTRERO-ANDALGALA P/CLUB SPORTIVO EL POTRERO DE SANTA LUCIA

Estado: Reducida

Fecha de sanción: 21 Nov. 1975

Fecha de publicacion: 30 Marzo 1976

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Ley 3069 - Decerto 5249
EXPROPIACIÓN TERRENO EN POTRERO - ANDALGALA PARA EL
“CLUB SPORTIVO EL POTRERO” DE SANTA LUCIA

EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:

ARTICULO 1.- Declárase de utilidad pública y sujeta a expropiación una fracción de terreno ubicada en la localidad de Potrero - Departamento de Andalgalá, cuyos características son:
PROPIETARIO: Pedro Antonio Alvarez, Padrón 5243
SUPERFICIE A EXPROPIAR: 2.542,40 m2;
LINDEROS:
NORTE: Ercilia Artaza de Alvarez, Padrón 5283
SUD: Angel Rogelio Alvarez, Padrón 5241
ESTE: Calle Pública
OESTE: Río Potrero

ARTICULO 2.- El terreno a expropiar será donado al CLUB SPORTIVO EL POTRERO DE SANTA LUCIA, y se destinará a la construcción de un campo de deporte.

ARTICULO 3.- Agréguese a la presente Ley el plano ilustrativo de la fracción a expropiar.

ARTICULO 4.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ley se tomarán de Rentas Generales.

ARTICULO 5.- De forma.


DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA PROVINCIAL DE CATAMARCA, A LOS VEINTIUN DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO UN MIL NOVECIENTOS SETENTA  Y CINCO

 

Firmantes: SAADI-CORPACCI-Machado-Oviedo

Gestión: Hugo Alberto Mott (Gestion 1973-1976)

Observaciones:

   
Complementos

 

  • Boletin Oficial 26/1976

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