Inicio / Ley
Título: DONACIÓN DE TERRENO A FAVOR DE JULIO ALBERTO REYNOSO EN EL PAJONAL-POMAN
Estado: Reducida
Fecha de sanción: 27 Nov. 1975
Fecha de publicacion: 30 Marzo 1976
Cuerpo de Ley: | Descargar PDF
EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:
ARTICULO 1.- Dónase a favor de Julio Alberto Reynoso, M.I. Nº: 3.457.125 - clase 1928, un lote de terreno ubicado en la localidad de El Pajonal, Departamento Pomán de esta Provincia, cuyas características son las siguientes:
PADRON Nº 2279 - Origen Pte. 1897.
UBICACIÓN: Distrito El Pajonal, Departamento Pomán.
LINDEROS:
Norte: Terreno Fiscal F–1897;
Sur: Calle Pública;
Este: Irineo Morales;
Oeste: Terreno Fiscal F–1897.
MEDIDAS:
Norte: 25,00 m.;
Sur: 25,00 m.;
Este: 40,00 m.;
Oeste: 40,00 m.
SUPERFICIE: 1.000 mts.2.
VALUACION: $ 3.074,55.
PROPIETARIO: Estado Provincial.
DOMINIO: Por ser originariamente tierras fiscales
OCUPANTE: Julio Alberto Reynoso L.E: 3.457.125
ARTICULO 2.- De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA PROVINCIAL DE CATAMARCA, A LOS VEINTISIETE DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO UN MIL NOVECIENTOS SETENTA Y CINCO
Firmantes: CORPACCI-SAADI-Oviedo-Savio
Gestión: Hugo Alberto Mott (Gestion 1973-1976)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):