Inicio / Ley
Título: EXPROPIACIÓN TERRENOS EN CHOYA - CAPITAL - PARA CONSTRUCCIÓN DE TALLER Y COMPLEJO DEPORTIVO
Estado: Reducida
Fecha de sanción: 28 Nov. 1975
Fecha de publicacion: 20 Abril 1976
Cuerpo de Ley: | Descargar PDF
EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:
ARTICULO 1.- Declárase de utilidad pública y sujetas a expropiación, las fracciones de terreno ubicadas en el Campo de Choya Dpto. Capital, con las siguientes características:
PROPIETARIO: Rasgido, Russo y Mazzuco - S/Expte. 659 - C- 60, Lote 8 según plano adjunto, que forma parte de la presente Ley.
SUPERFICIE: 140.000 m.2
LINDEROS:
Norte: Futura Avda. Norte;
Sur. Paralela trazada a 300 m. de la Avda. Norte;
Este: Perpendicular a la Avda. Norte trazada a 500 m.;
Oeste: de la Avda. Moisés Varela.
PROPIETARIO: Rasgido, Russo y Mazzuco según Expte. 659 – C – 60, Lote 7 según plano adjunto.
SUPERFICIE: 10.000 m2.
LINDEROS:
Norte: Futura Avda. Norte;
Sur: Paralela trazada a 100 m. de la Avda. Norte;
Este: Se toma 100 m. sobre la proyección del límite Este de la fracción anterior;
Oeste: Paralela trazada a 100 m. del límite Este.
SUPERFICIE TOTAL A EXPROPIAR: 150.000 m.2 (15Has.)
ARTICULO 2.- Los terrenos expropiados serán destinados, el Lote 8, para la construcción de un Complejo Deportivo por parte del Club Social y Deportivo Vialonce, a cuyo efecto el Estado Provincial transferirá en donación sin cargo para dicho Club, el Lote 7 será transferido con cargo al Distrito 11 de Vialidad Nacional, para la construcción de un taller de mantenimiento y depósito de máquinas.
ARTICULO 3.- Los gastos que demande la presente expropiación, serán previstas en las partidas del Presupuesto año 1976.
ARTICULO 4.- De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA PROVINCIAL DE CATAMARCA, A LOS VEINTIOCHO DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO UN MIL NOVECIENTOS SETENTA Y CINCO
Firmantes: CORPACCI-SAADI-Oviedo-Savio
Gestión: Alberto Carlos Lucena (Gestion 1976-1976)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):