Digesto Legislativo Provincial

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Detalle de Ley 3073
  

 

Título: TRANSFERENCIA- VENTA TERRENOS PARA FABRICA MUEBLES-HERRERÍA-CARPINTERÍA, ETC."LOS ALTOS"-CUARTEL 1º

Estado: Reducida

Fecha de sanción: 26 Nov. 1975

Fecha de publicacion: 4 Mayo 1976

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Ley 3073 - Decreto 5254
TRANSFERENCIA Y VENTA TERRENOS PARA FABRICA MUEBLES, HERRERIA, CARPINTERIA, ETC. “LOS ALTOS” - CUARTEL 1º

EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:

ARTICULO 1.- Facultar al Poder Ejecutivo de la Provincia para que transfiera en venta la fracción de terreno de propiedad del Estado Provincial, cuyos datos catastrales se consignan más abajo, a favor de los señores: FRANCISCO R. CONTRERAS, EULOGIO ANDRADA Y PASCUAL AGÜERO, a fin de que la misma sea ocupada por una “FABRICA DE MUEBLES – HERRERIA - CARPINTERIA Y DEPOSITO DE MATERIALES – “LOS ALTOS” (Francisco R. Contreras y Hnos.); “FABRICA DE ESCOBAS” (Eulogio Andada) y “FABRICA DE MOSAICOS – AMBATO” (Pascual Agüero e Hijos):
Distrito: Cuartel Primero.
Departamento: Capital.
Sito: Calle Mazzini S/N. Registrado: Padrón Nº 5895. Origen S/Inscripción.
Inscripto: A nombre de: Estado Provincial.
Avaluado: Avaluado Hasta el año 1966 en $ 1.157,85 (terreno baldío)
Medidas Perimetrales: Frente: 40,20 - 27,40 mts.; Fondo: 104,00 - 106,00 mts. Superficie: Con una superficie de 3.538,50 mts. 2.
Linderos Generales: Norte: Dionisia de Zenteno; Sur: Calle Mazzini; Este: Estado Provincial; Oeste: Calle.
Corresponde: Al total del lote Nº 23 de la Manzana 156.
Dominio: Acredita dominio mediante testimonio de fecha 29 de julio de 1959.

ARTICULO 2.- Por intermedio de la Dirección Provincial de Catastro de la Provincia se procederá a efectuar la subdivisión de la fracción de terreno antes aludida, conforme a los planos obrantes en expedientes: C- 7337-75, como así también a efectuar el prorrateo del precio de venta, el cual según lo resuelto por el Jurado de Avaluación asciende a la suma total de CUATROCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS TRECE PESOS CON SESENTA CENTAVOS, ($ 485,413,60) importe éste que se desprende de 3.538 metros cuadrados a razón de CIENTO CUARENTA PESOS (140,00) el metro cuadrado, más una depreciación monetaria de 40%, multiplicado por coeficiente 07 de relación frente – fondo.

ARTICULO 3.- De forma.


DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA PROVINCIAL DE CATAMARCA, A LOS VEINTISEIS DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO UN MIL NOVECIENTOS SETENTA  Y CINCO

 

Firmantes: SAADI-CORPACCI-Savio-Oviedo

Gestión: Alberto Carlos Lucena (Gestion 1976-1976)

Observaciones:

   
Complementos

 

  • Boletin Oficial 36/1976

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