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Título: CONSEJO REGIONAL DE TURISMO DEL NOROESTE - SUSTITÚYESE EL ARTÍCULO 1° DE LA LEY N° 3260|77
Estado: Reducida
Fecha de sanción: 30 Nov. 1977
Fecha de publicacion: 23 Dic. 1977
Cuerpo de Decreto Ley: | Descargar PDF
Nota de Redacción: Norma con Objeto Cumplido. Se agrega Norma en formato pdf
Resúmen: Sustituye el Artículo 1° de la Ley N° 3260, por el siguiente: "ARTICULO 1°.- Apruébase el Estatuto del Consejo Regional de Turismo del Noroeste, anexo a la presente Ley, redactado por los representantes de las Provincias de Salta, Jujuy, Tucumán, Santiago del Estero, La Rioja y Catamarca, reunidos al efecto en la Ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca, el mes de febrero de 1977".
Firmantes: CARLUCCI-Nieva
Gestión: Jorge Carlucci (Gestion 1976-1978)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):