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Título: OFICIALIZACION DE LA BANDERA REPRESENTATIVA DEL DEPARTAMENTO ANCASTI
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 3 Junio 2020
Fecha de publicacion: 7 Julio 2020
Cuerpo de Ley: | Descargar PDF
EL SENADO Y LA CAMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:
ARTÍCULO 1º.- Oficialícese como bandera representativa del departamento Ancasti, la insignia instituida mediante Ordenanza C.D. N° 20/2008, sancionada por el Concejo Deliberante de la Municipalidad del Departamento homónimo.
ARTÍCULO 2º.- El Emblema Departamental acompañará a la Bandera Argentina y la de la provincia de Catamarca, en todos los actos oficiales, como así también en los ceremoniales de los establecimientos educativos de la jurisdicción del departamento Ancasti.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, Publíquese, Cumplido, Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA, A LOS TRES DÍAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL VEINTE.
Registrada con el N° 5641
Firmantes: DUSSO-GUERRERO GARCIA-Dre-Peralta
Gestión: Lic. Raúl Alejandro Jalil
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):