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Título: INCREMENTASE ESCALA DE RENUMERACION PARA EL PERSONAL DE LA ADMINISTRACION PROVINCIAL
Estado: Reducida
Fecha de sanción: 24 Ago. 1972
Fecha de publicacion: 8 Set. 1972
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ARTICULO 1.- Fijanse a partir del 1º de Mayo del año en curso las remuneraciones inherentes a cada una de las categorías de cargos que integran cada régimen escalafonario de la Administración Publica Provincial, en los importes que se detallan en planillas I al X, anexas a este articulo y que forman parte integrante del mismo.
ARTÍCULO 2.- Establécese a partir del 1º de Mayo del año en curso los siguientes importes por las bonificaciones y compensaciones que se mencionan a continuación:
a) Bonificación mensual a choferes (Art. 8º - Ley complementaria de Presupuesto 1972) ($ 115.00) CIENTO QUINCE PESOS.
b) Bonificación por dedicación extraordinaria a “Chofer del Servicio de Guardia” (Art. 12 – Ley Complementaria de Presupuesto 1972) ($ 58.00) CINCUENTA Y OCHO PESOS mensuales.
c) Bonificación por titulo (Art. 13 – Ley Complementaria de Presupuesto 1972) Agrimensores ($ 138.00) CIENTO TREINTA Y OCHO PESOS mensuales.
d) Bonificación por titulo (Art. 13- Ley Complementaria de Presupuesto 1972) ($230.00) DOSCIENTO TREINTA PESOS mensuales al resto de profesionales excluidos Agrimensores.
e) Bonificación mensual a Peritos Mercantiles (Art. 20- Ley Complementaria de Presupuesto 1972) ($58.00) CINCUENTA Y OCHO PESOS mensuales.
f) Bonificación mensual por manejo de fondos (Art. 19 – Ley Complementaria de Presupuesto 1972), de acuerdo al siguiente detalle: Primera categoría ($32.00) TREINTA Y DOS PESOS. Segunda categoría ($24.00) VEINTICUATRO PESOS. Tercera Categoría ($ 20.00) VEINTE PESOS. Cuarta categoría ($ 16.00) DIESISEIS PESOS. Quinta categoría ($ 13.00) TRECE PESOS.
ARTICULO 3.- Comuníquese, Publíquese dese al registro Oficial y Archívese.
Firmantes: PERNASETTI-Casas Noblega
Gestión: Horacio Agustín Pernasetti (Gestion 1971-1973)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):