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Título: EMPRESA NACIONAL DE CORREOS Y TELÉGRAFOS - (ENCOTEL)-RATIFICANSE DONACIONES PARA LA INSTALACIÓN DE ESTACIONES RADIOELÉCTRICAS
Estado: Reducida
Fecha de sanción: 26 Julio 1976
Fecha de publicacion: 6 Ago. 1976
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ARTICULO 1.- Ratificar el contenido de la Ley N° 1627 promulgada por Decreto 1864/54; Decreto - Ley N° 1017/56; y Ley N° 1729 promulgada por Decreto 1479/58, instrumentos éstos relacionados con la donación de parte de tres inmuebles ubicados en esta ciudad capital, a favor del Estado Nacional - Ministerio de Comunicaciones, con destino a la construcción de los edificios necesarios para la instalación de Estaciones Radioeléctricas (Transmisora y Receptora); como así también las disposiciones del Decreto G. N° 195/67 por el que se facultó a la Municipalidad de la Ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca a transferir otras dos fracciones de terreno a nombre de: Secretaría de Comunicaciones de la Nación (Distrito 19 - Catamarca), con idéntica finalidad.
ARTICULO 2.- Modificar los instrumentos enunciados en el Precedente Artículo únicamente en lo relativo al nombre del organismo al cual se han cedido estos inmuebles (Ministerio de Comunicaciones de la Nación y/o- Secretaría de Comunicaciones de la Nación - Distrito 19 - Catamarca), por su actual denominación de “EMPRESA NACIONAL DE CORREOS Y TELEGRAFOS (ENCOTel.)”.
ARTICULO 3.- Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.
Firmantes: CARLUCCI-Carniglia
Gestión: Jorge Carlucci (Gestion 1976-1978)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):