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Título: ASESORES JURÍDICOS DE MINISTERIOS -ESCALAFONAMIENTO EN LA CATEGORÍA DE PROFESIONAL A.1
Estado: Reducida
Fecha de sanción: 26 Julio 1976
Fecha de publicacion: 6 Ago. 1976
Cuerpo de Ley: | Descargar PDF
ARTICULO 1.- Quedan comprendidos en los alcances de la Ley N° 3095 con ajuste a la totalidad de las disposiciones de la misma, los Asesores Jurídicos de los Ministerios de Gobierno, Educación y Cultura y de Bienestar Social, que a partir de la promulgación de la presente Ley revistarán en la Categoría profesional A-1.
ARTICULO 2.- La Dirección Provincial de Presupuesto procederá a escalafonar en la categoría que se asigna a los mencionados funcionarios.
ARTICULO 3.- Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.
Firmantes: CARLUCCI-Donovan-Pingitore-Carniglia
Gestión: Jorge Carlucci (Gestion 1976-1978)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):