Inicio / Ley
Título: DONACION DE INMUEBLE AL Sr. JOSE DANIEL SEGURA
Estado: Reducida
Fecha de sanción: 24 Nov. 1972
Fecha de publicacion: 15 Dic. 1972
Cuerpo de Ley: | Descargar PDF
ARTICULO 1.- Dónase a favor de su actual ocupante Señor José Daniel Segura (M.I. Nº 3.449.771 - Clase 1917), el inmueble de propiedad del Estado Provincial, identificado con los datos que a continuación se detallan en la presente documentación:
Padrón Nº 2086, Origen S/Incs.; terreno ubicado en Distrito y Departamento Pomán; Inscripto a nombre de: Estado Provincial (ocupado por José Daniel Segura); cuenta con las medidas perimetrales que siguen: Norte: 73 m; Sud: 73 m; Este: 45 m; Oeste: 45 m; lo que hace una superficie total de 3.285 metros cuadrados; avaluado en $ 43.221 (edificio $ 41.250. - Terreno $ 1.971): Comprendido dentro de los linderos que siguen: Norte; José‚ S. Zenteno; Sud; Este y Oeste, Campo.
ARTICULO 2.- El predio donado se destinará a vivienda propia del Señor José Daniel Segura, la que se encuentra construida en dicho solar hace cuarenta años.
ARTICULO 3.- La Escribanía de Gobierno dispondrá las medidas del caso para el otorgamiento del título respectivo a favor del Señor José Daniel Segura.
ARTICULO 4.- Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.
Firmantes: PERNASETTI-Casas Noblega-Barrionuevo
Gestión: Horacio Agustín Pernasetti (Gestion 1971-1973)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):