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Detalle de Ley 3157
  

 

Título: MUNICIPALIDAD DE LA CAPITAL -AMPLIACIÓN DE IMPUESTOS ,TASAS Y CONTRIBUCIONES A INMUEBLES-EXENCIONES

Estado: Derogada

Fecha de sanción: 2 Dic. 1976

Fecha de publicacion: 24 Dic. 1976

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DecretoLey 3157
MUNICIPALIDAD DE LA CAPITAL - APLICACION DE IMPUESTOS, TASAS Y CONTRIBUCIONES A INMUEBLES - EXENCIONES


ARTICULO 1.- Los Impuestos, tasas, y Contribuciones de mejoras existentes o a crearse por el Código Tributario y Ordenanza Impositiva Anual de la Municipalidad de San Fernando del Valle de Catamarca, serán aplicables a todos los inmuebles ubicados dentro de la jurisdicción de la misma, con las excepciones establecidas por los ordenamientos legales citados.

ARTICULO 2.- No serán de aplicación en jurisdicción de la Municipalidad de San Fernando del Valle de Catamarca las exenciones impositivas dispuesta por el Art. 1 de la Ley 1560, Art. 75 de la Ley 1735 modificado por el Art. 29 de la Ley N° 2282 y Art. 39 de la Ley 2550.

ARTICULO 3.- Las disposiciones de la presente Ley son de orden público.

ARTICULO 4.- Derógase toda disposición que se oponga a la presente Ley.

ARTICULO 5.- Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.

 

Firmantes: CARLUCCI-Nieva

Gestión: Jorge Carlucci (Gestion 1976-1978)

Observaciones:

   
Complementos

 

  • Boletin Oficial 103/1976

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