Digesto Legislativo Provincial

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de la Provincia de Catamarca

  

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Detalle de Ley 5240
  

 

Título: MODIFICASE ARTICULO Nº 2 DE LA LEY Nº 5236 - EXPROPIACIÓN INMUEBLES EN EL DEPARTAMENTO VALLE VIEJO

Estado: Reducida

Fecha de sanción: 24 Abril 2008

Fecha de publicacion: 23 Mayo 2008

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Ley Nº 5240 - Decreto Nº 816
MODIFICASE ARTICULO 2º DE LA LEY Nº 5236
EXPROPIACION INMUEBLE EN EL DEPARTAMENTO VALLE VIEJO

EL SENADO Y LA CAMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:

ARTICULO 1°.- Modifícase el Artículo 2° de la Ley N° 5.236, el que quedará redactado de la siguiente manera:
«ARTICULO 2°. Los gastos que demande el cumplimiento de la presente ley serán atendidos con las partidas presupuestarias  correspondientes a la Secretaría del Agua y del Ambiente».

ARTICULO 2º.- Comuníquese, Publíquese y ARCHIVESE.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA PROVINCIAL DE CATAMARCA, A LOS VEINTICUATRO DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL OCHO.

Registrada con el Nº 5.240

 

Firmantes: GRIMAUX DE BLANCO-BRIZUELA-Calliero-Peralta

Gestión: Eduardo Brizuela del Moral (Gestion 2007-2011)

Observaciones:

   
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