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Título: MODIFICASE ARTICULO Nº 4 DE LA LEY 5237 EXPROPIACION DE INMUEBLE PARA LA OBRA EMBALSE EL SHINCAL Y CANAL DERIVADOR
Estado: Reducida
Fecha de sanción: 24 Abril 2008
Fecha de publicacion: 23 Mayo 2008
Cuerpo de Ley: | Descargar PDF
EL SENADO Y LA CAMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
L E Y:
ARTICULO 1°.- Modifícase el Artículo 4° de la Ley N° 5.237, el que quedará redactado de la siguiente manera:
"ARTICULO 4°.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente ley serán atendidos con las partidas presupuestarias correspondientes a la Secretaría del Agua y del Ambiente".
ARTICULO 2º.- Comuníquese, Publíquese y AR CHIVESE
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA PROVINCIAL DE CATAMARCA, A LOS VEINTICUATRO DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL OCHO.
Registrada con el Nº 5241
Firmantes: GRIMAUX DE BLANCO-BRIZUELA-Calliero-Peralta
Gestión: Eduardo Brizuela del Moral (Gestion 2007-2011)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):