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Título: ACEPTASE EL VETO PARCIAL DE LA LEY Nº5238 Y EL TEXTO PROPUESTO POR EL PODER EJECUTIVO PARA SU ARTICULO 27º
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 6 Nov. 2008
Fecha de publicacion: 16 Dic. 2008
Cuerpo de Ley: | Descargar PDF
EL SENADO Y LA CAMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:
ARTICULO 1°.- Acéptase el Veto parcial de la Ley N° 5.238 y el texto propuesto por el Poder Ejecutivo Provincial para su Artículo 27°, que a continuación se transcribe:
«ARTICULO 27°.- Las personas físicas o Jurídicas que opten por los beneficios de la presente Ley podrán gozar o continuar gozando de otros beneficios promocionales. La Autoridad de Aplicación compatibilizará el otorgamiento de los beneficios».
ARTICULO 2°.- Comuníquese, Publíquese y ARCHIVESE
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA PROVINCIAL DE CATAMARCA, A LOS SEIS DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL OCHO.
Registrada con el N° 5261
Firmantes: CORPACCI-BRIZUELA-Calliero-Peralta
Gestión: Eduardo Brizuela del Moral (Gestion 2007-2011)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):