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Título: MODIFICASE ART 3º DE LA LEY Nº 1643 SOBRE EL ANCHO DE ALGUNAS AVENIDAS
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 21 Enero 1970
Fecha de publicacion: 27 Enero 1970
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ARTÍCULO 1.- Modifícase el artículo 3 de la Ley 1643, el que quedará redactado de la siguiente manera:
"Establécese un ancho de 27 metros entre líneas de edificación en las siguientes avenidas: ENRIQUE OCAMPO, MANUEL ACOSTA VILLAFAÑE, MONSEÑOR MOISES VARELA, GENERAL MANUEL BELGRANO Y PRESIDENTE CASTILLO desde Acosta Villafañe hasta el kilómetro 1317 de la Ruta Nacional 38 (Parque Chacabuco).
ARTICULO 2.- Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.
FIRMANTES: BRIZUELA – CEBALLOS
Firmantes: BRIZUELA-Ceballos
Gestión: Guillermo Ramón Brizuela (Gestion 1966-1971)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):