Digesto Legislativo Provincial

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de la Provincia de Catamarca

  

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Detalle de Ley 2327
  

 

Título: MODIFICASE ART 3º DE LA LEY Nº 1643 SOBRE EL ANCHO DE ALGUNAS AVENIDAS

Estado: Vigente

Fecha de sanción: 21 Enero 1970

Fecha de publicacion: 27 Enero 1970

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Ley 2327
MODIFICASE EL ART. 3 DE LA LEY Nº 1643 SOBRE EL ANCHO DE ALGUNAS AVENIDAS 

EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:

ARTÍCULO 1.- Modifícase el artículo 3 de la Ley 1643, el que quedará  redactado de la siguiente manera:    

"Establécese un ancho de 27 metros entre líneas de edificación  en las siguientes avenidas: ENRIQUE OCAMPO, MANUEL ACOSTA VILLAFAÑE, MONSEÑOR  MOISES VARELA, GENERAL MANUEL BELGRANO Y PRESIDENTE CASTILLO  desde Acosta Villafañe hasta el kilómetro 1317 de la Ruta Nacional 38 (Parque Chacabuco).                                                                                                                                      

ARTICULO 2.- Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.  

FIRMANTES: BRIZUELA – CEBALLOS

 

 

Firmantes: BRIZUELA-Ceballos

Gestión: Guillermo Ramón Brizuela (Gestion 1966-1971)

Observaciones:

   
Complementos

 

  • Boletín Oficial 8/1970

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  • Sin decretos derogadas

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