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Título: Ley 2437 - SUBSECRETARIA DE PROMOCION Y ASISTENCIA DE LA COMUNIDAD - DISPOSICIONES PARA DIATRIBUCION DE MATERIALES DE DEMOLICIONES .
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 31 Enero 1972
Fecha de publicacion: 8 Feb. 1972
Cuerpo de Decreto Ley: | Descargar PDF
EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:
ARTICULO 1.- Los materiales provenientes de demoliciones que, por imperio de las disposiciones del Decreto OP.BS. Nº 949/71, serán entregados al Ministerio de Bienestar Social, y serán distribuidos por la Subsecretaría de Promoción y Asistencia de la Comunidad.
ARTICULO 2.- Para la distribución de los materiales, especialmente entre familias de los sectores socialmente marginados y de probada carencia de recursos, será requisito previo indispensable, la realización de un exhaustivo estudio socioeconómico que permita determinar el real estado de necesidad.
ARTÍCULO 3.- En cada caso particular de donación de materiales, que podrá hacerse extensiva a instituciones de bien público, deportivas, etc., deberá mediar resolución fundada dictada por la Subsecretaría de Promoción y Asistencia de la Comunidad
ARTICULO 4.- Comuníquese, Publíquese, dése al Registro oficial y Archívese.-
Firmantes: PERNASETTI-Scornavache-Casas Noblega
Gestión: Horacio Agustín Pernasetti (Gestion 1971-1973)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):