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Título: LEY N° 2190 (EXPROPIACION DE TERRENOS] - NUEVO DESTINO
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 10 Feb. 1972
Fecha de publicacion: 22 Feb. 1972
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EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:
ARTICULO 1.- Destínase para la construcción de un barrio de setenta viviendas, por el Plan PEVEP (Plan Erradicación Villas de Emergencia en Provincias), los terrenos expropiados por Ley 2169, los cuales se encontraban destinados para un barrio de viviendas, de acuerdo al plan "E" del Plan Federal de la Vivienda - Erradicación de Ranchos y Villas Miserias.
ARTICULO 2.- Comuníquese, Publíquese, dese al registro Oficial y Archívese.-
Firmantes: PERNASETTI-Mammana
Gestión: Horacio Agustín Pernasetti (Gestion 1971-1973)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):