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Título: DONACION DE TERRENO PARA EDIFICIO DE CORREO EN COPACABANA - TINOGASTA.
Estado: Reducida
Fecha de sanción: 22 Feb. 1972
Fecha de publicacion: 3 Marzo 1972
Cuerpo de Decreto Ley: | Descargar PDF
EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:
ARTICULO 1.- Dispónese la donación de una fracción de terreno parte de mayor extensión cuyas características se consignan más abajo, ubicada en el Distrito CopacabanaDepartamento Tinogasta de esta Provincia de Catamarca, a favor del Estado Nacional (Secretaría de Estado de Comunicaciones), la cuál se destina para la construcción del edificio donde funcionará la Oficina de Correos y Telecomunicaciones de la Localidad de Copacabana, a saber: PADRON: Pte. 13696. UBICACION: Distrito COPACABANA - Dpto. TINOGASTA. LINDEROS: MEDIDAS Norte: Estado Provincial 25,40m Sud:Estado Provincial 19,30m Este: Rosa J. Nóblega de Casa 29,60 m. Oeste: Ruta Nº 60 29,30 m. SUPERFICIE: 652,0675 m2. VALUACION FISCAL: $ 156,50. PROPIETARIO: Estado Provincial.
ARTICULO 2.- La donación a que se hace referencia en el precedente Artículo, estará condicionada en el sentido de que el Estado Nacional (Secretaría de Estado de Comunicaciones) inicie los trabajos de que se trata, dentro de un plazo máximo de DOS (2) AÑOS a partir de la fecha de la presente Ley; caso contrario, el inmueble se retrotraerá automáticamente al dominio del Estado Provincial.
ARTICULO 3.- Comuníquese, publíquese dese al registro oficial y Archívese.-
Firmantes: PERNASETTI-Casas Noblega
Gestión: Horacio Agustín Pernasetti (Gestion 1971-1973)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):