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Título: DONACION DE TERRENOS EN EL INTERIOR DE LA PROVINCIA
Estado: Reducida
Fecha de sanción: 12 Julio 1972
Fecha de publicacion: 28 Julio 1972
Cuerpo de Decreto Ley: | Descargar PDF
ARTICULO 1.- Autorízase a las Municipalidades de las ciudades de Andalgalá, Belén, Tinogasta y Recreo, para donar sin cargo al Sindicato de Trabajadores de Correos y Telecomunicaciones de Catamarca, las fracciones de terreno de sus respectivos cementerios para la construcción de mausoleos para la entidad gremial mencionada.
ARTICULO 2- Otórguense copias autenticas de la presente Ley al Sindicato de Trabajadores del Correo y Telecomunicaciones de Catamarca, a las municipalidades que correspondan y a la Dirección General de Municipalidades.
ARTICULO 3.- Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.
Firmantes: PERNASETTI-Mammana
Gestión: Horacio Agustín Pernasetti (Gestion 1971-1973)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):