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Título: DECLÁRASE A LA CUESTA DE ZAPATA PATRIMONIO HISTÓRICO, TURÍSTICO Y CULTURAL DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 3 Dic. 2014
Fecha de publicacion: 14 Abril 2015
Cuerpo de Ley: | Descargar PDF
EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:
ARTÍCULO 1º.- Declárase como Patrimonio Histórico, Turístico y Cultural de la Provincia de Catamarca a la Cuesta de Zapata., que vincula por la traza de la Ruta Provincial N° 3 a los Departamentos de Tinogasta y Belén, con el fin de realizar un reconocimiento a sus antecedentes históricos, y así fomentar el desarrollo de la economía local, regional y la planificación territorial en beneficio de la actividad turística.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, Publíquese y ARCHÍVESE.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA, A LOS TRES DÍAS DEL MES DE
DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CATORCE.
Registrada con el Nº 5430
Firmantes: MERA-RIVERA-Agüero-Bellón
Gestión: Dra. Lucía B.Corpacci (Gestion 2012-2015)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):