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Detalle de Ley 5430
  

 

Título: DECLÁRASE A LA CUESTA DE ZAPATA PATRIMONIO HISTÓRICO, TURÍSTICO Y CULTURAL DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA

Estado: Vigente

Fecha de sanción: 3 Dic. 2014

Fecha de publicacion: 14 Abril 2015

Cuerpo de Ley:   |       Descargar PDF

  

Ley Nº 5430 - Decreto Nº 280
DECLARASE A LA CUESTA DE ZAPATA PATRIMONIO HISTORICO, TURISTICO Y CULTURAL DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA

EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:

ARTÍCULO 1º.- Declárase como Patrimonio Histórico, Turístico y Cultural de la Provincia de Catamarca a la Cuesta de Zapata., que vincula por la traza de la Ruta Provincial N° 3 a los Departamentos de Tinogasta y Belén, con el fin de realizar un reconocimiento a sus antecedentes históricos, y así fomentar el desarrollo de la economía local, regional y la planificación territorial en beneficio de la actividad turística.

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, Publíquese y ARCHÍVESE.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA, A LOS TRES DÍAS DEL MES DE
DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CATORCE.

Registrada con el Nº 5430

 

Firmantes: MERA-RIVERA-Agüero-Bellón

Gestión: Dra. Lucía B.Corpacci (Gestion 2012-2015)

Observaciones:

   
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