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Detalle de Ley 5060
  

 

Título: RÉGIMEN DE ASISTENCIA A ENFERMOS DE "MIASTENIA GRAVIS"

Estado: Vigente

Fecha de sanción: 21 Nov. 2001

Fecha de publicacion: 26 Feb. 2002

Cuerpo de Ley:   |       Descargar PDF

  

Ley N° 5060 - Decreto Nº 112
RÉGIMEN DE ASISTENCIA A ENFERMOS DE "MIASTENIA GRAVIS"

EL SENADO Y LA CAMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:

ARTICULO 1.- Establécese el régimen de asistencia de la Provincia a los enfermos de Miastenia Gravis conforme a las prescripciones de la presente Ley.

ARTICULO 2.- El Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Salud y Acción Social, deberá implementar un programa de asistencia médica y apoyo integral a las personas afectadas por la Miastenia Gravis.

ARTICULO 3.- Este programa deberá prever, asimismo, la provisión en forma gratuita de los medicamentos prescriptos por el facultativo actuante.

ARTICULO 4.- El Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Salud y Acción Social, deberá proveer al Hospital San Juan Bautista del equipamiento básico para la creación de una sala de terapia respiratoria.

ARTICULO 5.- Comuníquese, Publíquese y ARCHIVESE. 

 


DECRETO DE PROMULGACIÓN: Nº 112 (18/02/2002)

 

Firmantes: COLOMBO-GONZALEZ-Nieva-Villafañe

Gestión: Dr. Oscar Anibal Castillo (Gestion 1999-2003)

Observaciones:

   
Complementos

 

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