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Título: MODIFICASE ART. 1° DE LA LEY 2378
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 1 Oct. 1971
Fecha de publicacion: 22 Oct. 1971
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ARTICULO 1.- Modifícase el Artículo 1 de la Ley 2378 en cuanto a la rectificación de medidas perimetrales y superficie de los terrenos de los siguientes propietarios:
EDUARDO JUSTINO CUNEO: Este y Oeste, 140 m y una Superficie de 2.100 m2.
SUC. ESTER RUIZ DE AVELLANEDA: Oeste, 73 m
MISIONEROS DEL CORAZON DE MARIA: Sud, 396,50 m
RAMON FRANCISCO DEL R. PEREZ: Este, sin longitud por tratarse de vértice de terreno triangular.
LUISA W. ACUÑA DE NARVAEZ: Oeste, 15,50; Sud, 362,00 y 11,00 - Linderos: Oeste, Suc. Verón.
CLODOMIRO DE JESUS UNZAGA: Medidas: Sud: 68,50 m 15,00 - 5,00 m - Linderos: Oeste: más propiedad de Clodomiro de Jesús Unzaga.
AUDIFACIO SORIA: Medidas: Este: 8,00 y 44,00 m - Superficie: 628,13 m2.
SUC. ANTONIO VERON: Medidas: Oeste: no se consigna por ser un vértice de la propiedad de forma triangular.
SUC. PROSPERO BARRIONUEVO: Medidas: Norte: 31,00 y 15,00 m.
ARTÍCULO 2.- Exclúyese de la nómina de terrenos declarados de utilidad pública y sujetos a expropiación por Ley 2378/70, los siguientes inmuebles que han sido donados por sus propietarios a los mismos fines dispuestos en la Ley citada:
PADRON: Nº 309 - Propietario Ramón I. Ovejero, F. 109.
PADRON: Nº 284 - Propietario Suc. Ernesto Rivera; F. 110.
PADRON: Nº 285 - Propietario Audifacio Soria; F. 111.
PADRON: Nº 291 - Propietario Obispado de Catamarca; F. 112.
PADRON Nº 286 - Propietario Suc. Clodomiro de J. Unzaga; F. 113.
PADRON Nº 287 - Propietario Suc. Próspero Barrionuevo; F. 114.
ARTICULO 3.- Comuníquese, Publíquese dese al Registro Oficial y Archívese.-
FIRMANTES: PERNASETTI - MAMMANA
Firmantes: PERNASETTI-Mammana
Gestión: Horacio Agustín Pernasetti (Gestion 1971-1973)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):