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Título: EXPROPIACION DE TIERRAS DE RED DE RIESGO DIQUE LAS PIRQUITAS
Estado: Reducida
Fecha de sanción: 16 Enero 1967
Fecha de publicacion: 27 Enero 1967
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ARTICULO 1.- Declárase sujeta a expropiación por razones de interés público las tierras señaladas en el plano adjunto y que abarcan una franja de un ancho de 30 metros a cada lado del trazado del canal principal de la red de riego del Dique Las Pirquitas, desde su cruce con el Río del Valle, hasta su primer cruce con la Ruta Nacional Nº 38 Tramo: Catamarca-Chumbicha.
ARTICULO 2.- Las tierras a expropiarse se afectará a la construcción del canal principal de la Red de Riego del Dique Las Pirquitas en el Tramo que establece el artículo 1.
ARTICULO 3.- Autorízase a Fiscalía de Estado para que oportunamente promueva las demandas necesarias ante la Justicia y solicite la posesión inmediata del bien conforme a la legislación en vigencia.
ARTICULO 4.- Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.
Firmantes: BRIZUELA-Figueroa-Gonzalez Ruzo
Gestión: Guillermo Ramón Brizuela (Gestion 1966-1971)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):