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Título: ACTUALIZASE DISPOSICIONES LEY 1447.
Estado: Reducida
Fecha de sanción: 24 Enero 1967
Fecha de publicacion: 31 Enero 1967
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EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:
ARTICULO 1.- Actualízanse las disposiciones contenidas en el Artículo 1 de la Ley Provincial Nº 1447, sancionada el 10 de Septiembre de 1947, y promulgada mediante Decreto Nº 1641 de fecha 15 de Septiembre de 1947.
ARTICULO 2.- Cámbiase el destino del terreno expropiado por disposiciones del Artículo 1 de la Ley Provincial Nº 1447, el que será ocupado por el edificio de la Usina Eléctrica de la Ciudad de Tinogasta, Departamento del mismo nombre, de esta Provincia, y que actualmente ya funciona en el mismo, únicamente en lo que tales disposiciones se refieren al Departamento Tinogasta, cuyas características catastrales son las siguientes: Propietario: Federico Fernández, Lote 8, Manzana Catastral 37, Padrón 1659, Origen P/69, comprendido dentro de los siguientes linderos: Norte, Roque Quiroga; Sud, Calle General Uriburu; Este, Raúl Busleiman y Oeste, Francisco Chasaszoewski, con una superficie de 1.473,5142 m2., según mensura practicada por la Dirección Provincial de Catastro, con una valuación fiscal de $ 34.939,68 m/n, ubicado en la Ciudad de Tinogasta, Departamento del mismo nombre de la Provincia de Catamarca.
ARTICULO 3.- Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.
Firmantes: BRIZUELA-Figueroa-Gonzales Ruzo
Gestión: Guillermo Ramón Brizuela (Gestion 1966-1971)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):