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Título: IMPONESE EL NOMBRE DE AVENIDA FRAY MAMERTO ESQUIU AL TRAMO DE RUTA ROVINCIAL N°1,QUE ATRAVIESA EL DEPARTAMENTO FRAY MAMERTO ESQUIU
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 15 Set. 2010
Fecha de publicacion: 8 Set. 2010
Cuerpo de Ley: | Descargar PDF
EL SENADO Y LA CAMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:
ARTICULO 1°.- Impónese el nombre de Avenida Fray Mamerto Esquiú, al tramo de la Ruta Provincial N° 1 que atraviesa el departamento Fray Mamerto Esquiú, comprendido entre los departamentos Valle Viejo y Ambato.
ARTICULO 2°.- El Poder Ejecutivo Provincial a través del organismo que corresponda, procederá a confeccionar los pórticos de la mencionada avenida.
ARTICULO 3°.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ley, deberán estar contemplados en el presupuesto del Ministerio de Obras y Servicios Públicos.
ARTICULO 4°.- Comuníquese, publíquese y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA A LOS QUINCE DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIEZ
Registrada con el N° 5312
Firmantes: GRIMAUX DE BLANCO-RIVERA-Calliero-Barrionuevo
Gestión: Eduardo Brizuela del Moral (Gestion 2007-2011)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):