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Título: MODIFICANSE ARTICULOS DE LA LEY N°5265- COMISION DEL BICENTENARIO DE LA REVOLUCION DE MAYO 1.810-2.010
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 26 Oct. 2010
Fecha de publicacion: 7 Dic. 2010
Cuerpo de Ley: | Descargar PDF
EL SENADO Y LA CAMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:
ARTICULO 1°.- Modifícase el Artículo 1° de la Ley N° 5265, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
«ARTICULO 1°.- Créase en el ámbito de la jurisdicción de la Provincia de Catamarca, la Comisión de los Bicentenarios de la Revolución de Mayo 18102010 y el de la Declaración de la Independencia 1816-2016, en adelante LA COMISION que se integra por un Comité Honorario, un Comité Ejecutivo y un Comité Asesor.»
ARTICULO 2°.- Modifícase el Artículo 2° de la Ley Provincial N° 5265, el que quedará redactado de la siguiente manera:
«ARTICULO 2°.- LA COMISION tiene a su cargo, en el marco de la conmemoración de los doscientos (200) años de la Revolución de Mayo de 1810 y de los doscientos (200) años de la Declaración de la Independencia de 1816, la promoción, organización y coordinación de eventos, el diseño de actividades y programas destinados a estimular la participación de la ciudadanía en todo el ámbito provincial, articulando y canalizando los esfuerzos de todos los sectores de la sociedad que se desarrollen, en el marco de estas celebraciones, con el objeto de resignar el pasado, analizar nuestro presente y reflexionar sobre el futuro de la Provincia, la Región y la Nación.»
ARTICULO 3°.- Modifícase el Artículo 4° de la Ley Provincial N° 5265, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
«ARTICULO 4°.- LA COMISION debe constituirse en un plazo no mayor de treinta (30) días desde la promulgación de la presente Ley. El 31 de diciembre de 2016, expira el cometido de LA COMISION.».
ARTICULO 4°.- Comuníquese, Publíquese y ARCHIVESE.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA PROVINCIAL DE CATAMARCA, A LOS VEINTISEIS DIAS DEL MES DE
OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIEZ.
Registrada con el N° 5317
Firmantes: GRIMAUX DE BLANCO-BARRIONUEVO-Calliero-Barrionuevo
Gestión: Eduardo Brizuela del Moral (Gestion 2007-2011)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):