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Título: DECLARASE DE UTILIDAD PUBLICA Y SUJETO A EXPROPIACION UNA FRACCION DE CAMPO UBICADO EN HUALFIN
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 9 Dic. 2010
Fecha de publicacion: 31 Dic. 2010
Cuerpo de Ley: | Descargar PDF
EL SENADO Y LA CAMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:
ARTICULO 1°.- Declárese de Utilidad Pública y sujeto a expropiación, una fracción de campo, parte de mayor extensión de la/s propiedad/es ubicada/s en el distrito Hualfín, Departamento Belén, cuya identificación catastral responde a parte del Padrón 6.304, registrado a nombre de Indalecio Pachado, según Escritura N° 334, de fecha 23 de Julio de 1.972, Escribano Ramón Rufino Salman y
otro/s Padrón/es de propietario/s a determinar, siendo sus linderos por el Norte, Sur, Este y Oeste, remanente del Padrón 6.304 y otro/s, y cuya superficie de la fracción es de Ciento Noventa y Seis (196) Has. con Ochocientos Cincuenta y Nueve (859) m2.
ARTICULO 2°.- El inmueble a expropiar será destinado a la construcción del camino que une las localidades de Laguna Blanca y Aguas Calientes, en el departamento Belén, cuya longitud será de Sesenta y Cuatro (64) Kms. con Seiscientos Cuarenta y Un (641) mts.
ARTICULO 3°.- La superficie, medidas y linderos, se ajustarán con el relevamiento que deberá realizar la Administración General de Catastro, tomando como base el croquis que forma parte de la presente.
ARTICULO 4°.- Autorízase a Fiscalía de Estado, a dar inicio a las acciones de expropiación a que se refiere la Ley N° 2.210.
ARTICULO 5°.- Las erogaciones correspondientes para la ejecución de la presente Ley, serán imputadas al Presupuesto General de la
Provincia.
ARTICULO 6°.- Comuníquese, Publíquese y ARCHIVESE.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA PROVINCIAL DE CATAMARCA, A LOS NUEVE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIEZ.
Registrada con el N° 5320
Nota: Croquis para consulta en Dpto. Archivo de la Dirección de Boletin Oficial.
Firmantes: LUNA-RIVERA-Calliero-Barrionuevo
Gestión: Eduardo Brizuela del Moral (Gestion 2007-2011)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):