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Título: MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE CATAMARCA - AUTORIZASE DONAR LOTES AL INSTITUTO PVCIAL DE LA VIVIENDA.
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 26 Abril 1967
Fecha de publicacion: 28 Abril 1967
Cuerpo de Decreto Ley: | Descargar PDF
EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:
ARTICULO 1.- Autorízase a la Municipalidad de la Ciudad de Catamarca a donar sin cargo ni gravamen alguno al Instituto Provincial de la Vivienda, los lotes de su propiedad ubicada en la Manzana Catastral 356 del Dpto. Capital.
ARTICULO 2.- La Municipalidad de la Ciudad de Catamarca labrará las respectivas escrituras traslativas de dominio a favor del Instituto Provincial de la Vivienda, previo decreto del Poder Ejecutivo aceptando para el Instituto Provincial de la Vivienda la donación de que se trate.
ARTICULO 3.- Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.
Firmantes: BRIZUELA - Ruzo
Gestión: Guillermo Ramón Brizuela (Gestion 1966-1971)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):