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Decreto Ley
    

  
Detalle de Decreto Ley 2236
  

 

Título: MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE CATAMARCA - AUTORIZASE DONAR LOTES AL INSTITUTO PVCIAL DE LA VIVIENDA.

Estado: Vigente

Fecha de sanción: 26 Abril 1967

Fecha de publicacion: 28 Abril 1967

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LEY Nº 2236- DECRETO Nº 838
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE CATAMARCA - AUTORIZASE DONAR LOTES AL INSTITUTO PROVINCIAL DE LA VIVIENDA

EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:

ARTICULO 1.- Autorízase a la Municipalidad de la Ciudad de Catamarca a donar sin cargo ni gravamen alguno al Instituto Provincial de la Vivienda, los lotes de su propiedad ubicada en la Manzana Catastral 356 del Dpto. Capital.

ARTICULO 2.- La Municipalidad de la Ciudad de Catamarca labrará las respectivas escrituras traslativas de dominio a favor del Instituto Provincial de la Vivienda, previo decreto del Poder Ejecutivo aceptando para el Instituto Provincial de la Vivienda la donación de que se trate.

ARTICULO 3.- Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.

 

Firmantes: BRIZUELA - Ruzo

Gestión: Guillermo Ramón Brizuela (Gestion 1966-1971)

Observaciones:

   
Complementos

 

  • Boletín Oficial 34/1967

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