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Detalle de Ley 2176
  

 

Título: INSTITUTO MIXTO CICLO BÁSICO DEL DPTO. FRAY M. ESQUIU -OFICIALIZASE A DEPENDER DEL CONSEJO GRAL. DE EDUCACIÓN

Estado: Vigente

Fecha de sanción: 5 Ago. 1965

Fecha de publicacion: 16 Nov. 1965

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LEY Nº 2176-DECRETO N° 2232
INSTITUTO MIXTO CICLO BASICO DEL DPTO. FRAY M. ESQUIU- OFICIALIZASE A DEPENDER DEL CONSEJO GRAL. DE EDUCACION

EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:

ARTICULO 1.- Oficializase el Instituto Mixto Ciclo Básico del Departamento Fray Mamerto Esquiú a depender el Consejo General de Educación de acuerdo al artículo 227, Inciso 1º, de la Constitución de la Provincia y con ajuste a los Artículos 4 y 44 de la Ley de Educación Nº 2027.

ARTICULO 2.- El Consejo General de Educación de la Provincia deberá reglamentar el funcionamiento del Instituto Mixto Ciclo Básico, instituyendo su régimen de Estudios, Reglamentación Interna, Revista del Personal y todo cuanto haga a la materia.

ARTICULO 3.- El Pode Ejecutivo y el Consejo General de Educación de la Provincia tomarán las medidas pertinentes a efectos de incluir en el Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos del Ejercicio Financiero correspondiente al año 1966, las partidas correspondientes al sostenimiento y pago del personal del Instituto.

ARTICULO 4.- Para los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ley durante el año 1965, se tomarán los fondos de Rentas Generales con imputación a la misma.

ARTICULO 5.- De Forma.

 

Firmantes: MUÑIS-Dulce-Seleme-Garcia

Gestión: Armando Luis Navarro (Gestion 1963-1966)

Observaciones:

   
Complementos

 

  • Boletín Oficial 92/1965

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