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Título: INSTITUTO MIXTO CICLO BÁSICO DEL DPTO. FRAY M. ESQUIU -OFICIALIZASE A DEPENDER DEL CONSEJO GRAL. DE EDUCACIÓN
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 5 Ago. 1965
Fecha de publicacion: 16 Nov. 1965
Cuerpo de Ley: | Descargar PDF
EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:
ARTICULO 1.- Oficializase el Instituto Mixto Ciclo Básico del Departamento Fray Mamerto Esquiú a depender el Consejo General de Educación de acuerdo al artículo 227, Inciso 1º, de la Constitución de la Provincia y con ajuste a los Artículos 4 y 44 de la Ley de Educación Nº 2027.
ARTICULO 2.- El Consejo General de Educación de la Provincia deberá reglamentar el funcionamiento del Instituto Mixto Ciclo Básico, instituyendo su régimen de Estudios, Reglamentación Interna, Revista del Personal y todo cuanto haga a la materia.
ARTICULO 3.- El Pode Ejecutivo y el Consejo General de Educación de la Provincia tomarán las medidas pertinentes a efectos de incluir en el Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos del Ejercicio Financiero correspondiente al año 1966, las partidas correspondientes al sostenimiento y pago del personal del Instituto.
ARTICULO 4.- Para los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ley durante el año 1965, se tomarán los fondos de Rentas Generales con imputación a la misma.
ARTICULO 5.- De Forma.
Firmantes: MUÑIS-Dulce-Seleme-Garcia
Gestión: Armando Luis Navarro (Gestion 1963-1966)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):