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Título: CREASE JUZGADO DE PAZ EN FIAMBALA -TINOGASTA
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 20 Julio 1965
Fecha de publicacion: 16 Nov. 1965
Cuerpo de Ley: | Descargar PDF
EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:
ARTICULO 1.- Créase un Juzgado de Paz con asiento en Fiambalá, Departamento de Tinogasta.
ARTICULO 2.- Este Juzgado tendrá jurisdicción sobre las localidades de Fiambalá, Saujil, La Ramadita, Medanitos, Palo Blanco, Tatón y La Mesada.
ARTICULO 3.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ley, se tomará de Rentas Generales con imputación a la misma, debiendo incluirse el crédito correspondiente en el Presupuesto para el año 1966. ARTICULO 4.- De Forma.
Firmantes: MUÑIS-Raiden-Seleme-Garcia
Gestión: Armando Luis Navarro (Gestion 1963-1966)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):