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Título: AUTORIZASE INVERTIR FONDOS PARA CONSTRUCCIÓN DE UN EDIFICIO ESCOLAR EN VILLA SAN ROQUE - TINOGASTA
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 27 Set. 1965
Fecha de publicacion: 3 Dic. 1965
Cuerpo de Ley: | Descargar PDF
EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:
ARTICULO 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo de la Provincia, a invertir hasta la suma de un Millón Quinientos Mil Pesos ($1.500.000 m/n) Moneda Nacional, en la construcción de un edificio con destino al funcionamiento de una escuela en el Distrito “Villa San Roque”, en el Departamento Tinogasta.
ARTÍCULO 2.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ley, se incluirán en el Plan de Obras, Trabajos y Servicios Públicos del año 1966.
ARTICULO 3.- De forma.
Firmantes: SELEME-Garcia-Forte-Raiden
Gestión: Armando Luis Navarro (Gestion 1963-1966)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):