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Título: ACUERDASE PENSION VITALICIA A LA SRA. ELISA LLADOS DE LA BARRERA E HIJOS MENORES
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 27 Set. 1965
Fecha de publicacion: 3 Dic. 1965
Cuerpo de Ley: | Descargar PDF
EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:
ARTICULO 1.- Acuérdase una pensión mensual vitalicia, por la suma de Diez Mil Pesos ($ 10.000 m/n) Moneda Nacional, a la Sra. Elisa Lladós de de la Barrera e hijos menores.
ARTICULO 2.- Los fondos necesarios para el cumplimiento de la presente Ley se tomarán de la Partida 16 – “Otros a Otorgar”. Inciso 2º, Otros Gastos, Anexo H, del presupuesto general de la Provincia, vigente.
ARTICULO 3.- De Forma.
Firmantes: FORTE-Raiden-Seleme-Garcia
Gestión: Armando Luis Navarro (Gestion 1963-1966)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):