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Título: DONACIÓN AL AUTOMÓVIL CLUB
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 29 Oct. 1968
Fecha de publicacion: 12 Nov. 1968
Cuerpo de Ley: | Descargar PDF
ARTICULO 1.- Elévase a Trece Millones Ciento Ochenta y Seis Mil Ochocientos Noventa Pesos ($13.186.890,00m/n) Moneda Nacional, la donación que el Gobierno de la Provincia efectuó a favor del Automóvil Club Argentino mediante Ley Nº 2265 del 13 de febrero de 1968.
ARTICULO 2.- Modifícase el monte especificado en el Artículo 1 punto c) de la Ley citada en el artículo anterior, debiendo leerse $ 13.186.890,00 m/n y no $ 8.000.000,00 m/n como está consignado.
ARTICULO 3.- Sustitúyese el artículo 3 de la misma ley por el siguiente texto: “Dirección Provincial de Presupuesto tomará las medidas necesarias a fin de que en los respectivos presupuestos anuales se contemplen los fondos necesarios hasta completar el pago de $ 13.186.890,00 m/n, a favor del Automóvil Club Argentino”.
ARTICULO 4.- Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.
FIRMANTES: BRIZUELA-CEBALLOS-GALARZA-ACOSTA
TITULAR DEL PEP: GRAL (R) GUILLERMO RAMON BRIZUELA
Firmantes: BRIZUELA-CEBALLOS-Galarza-Acosta
Gestión: Guillermo Ramón Brizuela (Gestion 1966-1971)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):