Digesto Legislativo Provincial

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de la Provincia de Catamarca

  

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Detalle de Ley 2262
  

 

Título: EXPROPIACIÓN DE TERRENO PARA LA CONSTRUCCIÓN DE UNA ESTACIÓN SISMOLOGICA

Estado: Vigente

Fecha de sanción: 10 Enero 1968

Fecha de publicacion: 12 Enero 1968

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Ley 2262 
EXPROPIACION DE TERRENO PARA LA CONSTRUCCION DE UNA ESTACION SISMOLOGICA 

EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:

ARTICULO 1.- Declárase de utilidad pública y sujeta a expropiación una fracción de terreno ubicada aproximadamente a 1.500 mts. al Noroeste de la Iglesia de Choya, y a 2.800 mts. al Sur de la Gruta de la Virgen del Valle, en el Departamento Capital de esta Provincia, de forma cuadrada que mide 2.000 mts. de lado, de propietarios desconocidos, la que posteriormente será transferida al Consejo Nacional de Construcciones Antisísmicas y de Reconstrucción de San Juan, para que en la misma construya una Estación Sismológica.

ARTICULO 2.- Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.                                              

FIRMANTES: BRIZUELA - ACOSTA
TITULAR DEL PEP: GRAL (R) GUILLERMO RAMON BRIZUELA

 

Firmantes: BRIZUELA- Acosta

Gestión: Guillermo Ramón Brizuela (Gestion 1966-1971)

Observaciones:

   
Complementos

 

  • Boletín Oficial 04/1968

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