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Título: DONASE INMUEBLE DE ESQUIU -LA PAZ -OBRAS SANITARIAS DE LA NACIÓN
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 11 Ago. 1961
Fecha de publicacion: 31 Oct. 1961
Cuerpo de Ley: | Descargar PDF
EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
ARTICULO 1º.- Facultase el Poder Ejecutivo de la Provincia para que proceda a donar a favor de Obras Sanitarias de la Nación, el inmueble de propiedad del Estado Provincial, ubicado en el Distrito Esquiu, Dpto. La Paz, con una superficie de 10.000 m2., Comprendido dentro de los siguientes linderos: Norte, Sucesión de Luis Tula; a Sud y Este, calle públicas y Oeste, Sucesión de Nicolás Gil Toledo, registrado bajo Padrón Nº 8054 y avaluado en la suma de $ 1.568 m/n en el cual se encuentra instalada la perforación efectuada por la citada Repartición Nacional para la provisión de agua potable a la localidad de Esquiú - Dpto. La Paz.
ARTICULO 2º.- De forma.-
Firmantes: MORALES-Herrera-Zelarayan-Garcia
Gestión: Juan Manuel Salas (Gestion 1958-1962)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):