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Título: CREACIÓN DEL CONJUNTO DE MÚSICA DE CÁMARA DEPENDIENTE DE LA DIRECCIÓN DE CULTURA
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 1 Oct. 1985
Fecha de publicacion: 17 Dic. 1985
Cuerpo de Ley: | Descargar PDF
EL SENADO Y LA CAMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:
ARTICULO 1.- Créase el conjunto de Música de Cámara, compuesta de hasta cincuenta (50) ejecutantes, con un Director, que comenzará a funcionar con músicos del medio, debiendo revistar presupuestariamente en la Dirección de Cultura y con asiento en el Teatro Catamarca, en cuyas dependencias desarrollará sus actividades.
ARTICULO 2.- La orquesta dependerá de la Subsecretaría de Cultura y Educación en cuanto a su organización, puesta en marcha y adquisición de instrumentos. Quedando todas sus actividades artísticas bajo la Dirección de la mencionada Subsecretaría.
ARTICULO 3.- El Poder Ejecutivo de la Provincia, arbitrará las medidas necesarias para el cumplimiento de la presente Ley.
ARTICULO 4.- De forma.
Firmantes: MARENCO-YAPURA-Giordani-Varela de Toloza
Gestión: Ramón Saadi (Gestion 1983-1987)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):