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Detalle de Ley 4327
  

 

Título: DECLARA MONUMENTO HISTÓRICO A LA CAPILLA DENOMINADA “EL SEÑOR DEL MILAGRO”

Estado: Vigente

Fecha de sanción: 13 Nov. 1985

Fecha de publicacion: 17 Dic. 1985

Cuerpo de Ley:   |       Descargar PDF

  

Ley N° 4327 - Decreto Nº 2837
DECLARA MONUMENTO HISTORICO A LA CAPILLA DENOMINADA
“EL SEÑOR DEL MILAGRO”

EL SENADO Y LA CAMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:

ARTICULO 1.- Declárase monumento histórico a la Capilla denominada “El Señor del Milagro” ubicada frente a la Plaza de La Paz, al Parque de La Paz y a la Avenida Moisés Varela, en Cuartel 4 de la Ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca, paraje antiguamente denominado Choya.

ARTICULO 2.- El Poder Ejecutivo a través de los organismos competentes realizará todas las acciones pertinentes para el cumplimiento de los fines de la presente Ley.

ARTICULO 3.- De forma.

 

 

Firmantes: GARBE-YAPURA-Giordani-Varela de Toloza

Gestión: Ramón Saadi (Gestion 1983-1987)

Observaciones:

   
Complementos

 

  • Boletin Oficial 101/1985

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