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Título: PENSIÓN VITALICIA
Estado: Reducida
Fecha de sanción: 22 Nov. 1966
Fecha de publicacion: 2 Dic. 1966
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ARTICULO 1.- Acuérdase a la señorita Georgina Luisa Argerich, una pensión vitalicia por la suma de Cinco Mil Pesos ($ 5.000) Moneda Nacional, mensuales a partir de la Promulgación de la presente Ley.
ARTICULO 2.- El gastos que demande el cumplimiento de esta disposición, se hará con imputación al Anexo H, Inciso 10 - Leyes Especiales, Obligaciones a cargo del Tesoro Item Unico, Partidas "Leyes Sancionadas" en el ejercicio sin financiación propia, del presupuesto vigente, tomando los fondos de Rentas Generales hasta su inclusión en el próximo Presupuesto General de la Provincia.
ARTICULO 3.- Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.
Firmantes: BRIZUELA-Figueroa
Gestión: Guillermo Ramón Brizuela (Gestion 1966-1971)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):