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Título: LEY 2193 - PRESUPUESTO GRAL . DE GASTOS Y CALCULO DE RECURSOS MODIFICASE ART. 8º
Estado: Reducida
Fecha de sanción: 23 Nov. 1966
Fecha de publicacion: 2 Dic. 1966
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ARTICULO 1.- Modificase con efecto retroactivo al 1 de enero de 1966, Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos vigente para el año en curso, el que quedará redactado de la siguiente forma:
"Artículo 8.- La creación de cargos deberá operarse mediante la traslación del crédito y sus incidencias del Anexo "D"- Inciso 1 - Item 24, Personal mensualizado, al Anexo respectivo a cuyo efecto el Poder Ejecutivo autorizará el Débito pertinente. Toda creación de cargos deberá efectuarse mediante la previsión del crédito necesario a partir de la fecha que disponga dicha medida".
ARTICULO 2.- Facúltase a Contaduría General a practicar las operaciones contables que, como consecuencia de lo dispuesto en el artículo anterior, sea menester realizar.
ARTICULO 3.- Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.
Firmantes: BRIZUELA-Figueroa
Gestión: Guillermo Ramón Brizuela (Gestion 1966-1971)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):