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Título: PRESUPUESTO DE GASTOS EN PERSONA Y OTROS DE EX CONVENCIÓN CONSTITUYENTE.
Estado: Reducida
Fecha de sanción: 9 Dic. 1966
Fecha de publicacion: 20 Dic. 1966
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ARTICULO 1.- Apruébase el presupuesto de gastos en personal y otros gastos e inversiones de la ex-Convención Constituyente 1965, en la suma de Un Millón Setecientos Veintidós Mil Novecientos Cincuenta y Tres Pesos ($ 1.722.953,- m/n.) Moneda Nacional, según el siguiente detalle y conforme resulta de las planillas anexas que forman parte integrante de esta Ley:
Anexo "A" (Bis) - Convención Constituyente 1965 1.722.953
Inciso 1 - Gastos en Personal: 1.419.500
Año 1965 30.000
Año 1966 1.389.500
Inciso 2 - Otros Gastos e Inversiones 303.453
Año 1965 291.453
Año 1966 12.000
Total Inciso 1 y 2: 1.722.953
ARTICULO 2.- El gasto emergente para el cumplimiento de la presente Ley, será imputado al Anexo "H" - Obligaciones a Cargo del TesoroInciso 10 Leyes Especiales - Ítem Unico - Leyes Sancionadas en el ejercicio sin financiación propia, tomando los fondos de la Orden de Pago Nº 3/66.
ARTICULO 3.- Autorizase a Contaduría General a efectuar el libramiento respectivo, a favor del Tesoro General para que abone al Secretario Administrativo y Habilitado de la ex-Convención Constituyente 1965, con cargo de rendir cuentas.
ARTÍCULO 4.- A sus efectos, intervengan: Contaduría General, Tesorería General, Dirección de Presupuesto y la ex-Convención Constituyente 1965.
ARTICULO 5.- Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.
Firmantes: BRIZUELA-Figueroa
Gestión: Guillermo Ramón Brizuela (Gestion 1966-1971)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):